Cancelación de antecedentes penales y policiales

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Antecedentes penales y policiales ¿Se pueden cancelar?

Para saber cómo se puede realizar o, si es posible, la cancelación de antecedentes penales y policiales, deben tenerse muy en cuenta aspectos como el denominado derecho de acceso y el derecho de información. Este tipo de datos se consideran de carácter estrictamente personal y por ello, y según el artículo 104 de la constitución, el acceso a dichos datos pertenece en exclusiva a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.

En cualquier caso, tal y como se comenta en el siguiente artículo de un prestigioso bufete de abogados, la cancelación de antecedentes penales y policiales es posible en numerosos casos siempre que se cumplan unos requisitos, entre los que están:

  • haber cumplido la condena impuesta
  • Que pase un tiempo desde que finalizó la condena, este tiempo dependerá de la gravedad del delito.
  • haber cumplido con la responsabilidad penal impuesta por el juez
  • No haber vuelto a delinquir

Cancelación de antecedentes policiales

La cancelación de antecedentes policiales permite una liberación mucho mayor de las acciones pasadas por las que ya se haya cumplido debidamente. Y, salvo en casos en los que el expediente sea aún necesario para investigaciones o que se pretenda cancelar el expediente de antecedentes policial antes que el penal, no debería haber mayores problemas para cancelarlo.

Debemos tener en cuenta que aunque una persona tenga antecedentes policiales no significa que haya sido condenada por ningún tipo de delito, ya que tan solo por ser detenida ya figuraría en los registros policiales; razón por la cual muchas personas podrían estar interesadas en la cancelación de este tipo de antecedentes por diversos motivos, como por ejemplo la mejora de las perspectivas laborales o sociales.

Del mismo modo se podrían tener antecedentes policiales sin tenerlos penales, en casos relativos especialmente a multas y problemas de tráfico, siendo posible también su retirada y cancelación en dichos casos. Si este tipo de faltas o delitos conllevaran una sentencia y su posterior absolución, podría iniciarse entonces el proceso de cancelación a través de un modelo específico de solicitud que varía en función de si se trata de la Policía o de la Guardia Civil.

La cancelación de antecedentes, siempre y cuando se cumplan los requisitos necesarios, es un derecho al que tiene en España cualquier ciudadano con el fin de que pueda cumplirse la denominada reinserción social a posteriori, al igual que ocurre también con las personas que hayan estado en prisión por cualquier motivo. Y es que la reinserción social es un derecho fundamental contemplado incluso en la Constitución Española, en su artículo 25.2.

Otros aspectos a tener en cuenta en la cancelación de antecedentes

  • La solicitud siempre deberá ir acompañada de documentación en la que se especifique, debidamente, los motivos por los que quiere hacerse una modificación del expediente o una cancelación.
  • Las solicitudes se podrán presentar tanto de forma física como por correo, garantizándose siempre la identidad de la persona que realice el trámite a efectos públicos.
  • Las peticiones de cancelación tendrán un periodo de 30 días de obtención de respuesta, tras los cuales ésta podría no haber llegado. En ese tipo de casos, la ausencia de respuesta se entenderá como una desestimación de la petición.
  • Aquellas personas que por circunstancias residan en el extranjero, también pueden solicitar la cancelación de sus antecedentes en el consulado correspondiente.

Cancelación de antecedentes penales

Entendemos por antecedentes penales aquellos registrados tras la ejecución de un delito y de su posterior sentencia condenatoria. Una vez sucedido esto los datos de la persona pasan a un fichero, con todos los datos identificativos y aclaratorios del caso, que será remitido al llamado Registro Central de Penados y Rebeldes. En dicho registro, dependiente del Ministerio de Justicia, se hace constar el tipo de delito y su fecha o la cuantía de la pena a cumplir.

El artículo 136.1 del Código Penal es el encargado de establecer la posibilidad de la cancelación de los antecedentes penales, siempre y cuando el interesado ya haya cumplido la pena impuesta, no tenga pendientes más responsabilidades con la Justicia y haya pasado el tiempo necesario variable según los casos.

En el caso de que una persona que tenga antecedentes penales por algún tipo de delito quiera realizar una cancelación de los mismos, tendría que solicitar una revisión de su caso y de su tipo de antecedentes. Una vez revisada la solicitud pueden darse varios tipos de respuestas que van, desde la falta de información necesaria hasta un dictamen de absolución.

La petición de cancelación puede estar referida también a una cancelación parcial, con el fin de que se elimine tan solo algún episodio o dato determinado de la persona, o a una cancelación total o anulación. En la instancia de solicitud se deberá aportar toda la información necesaria de registro, domicilio, etc., a efectos de que todas las notificaciones puedan realizarse con normalidad.

Para llevar un proceso de este tipo a cabo se recomienda la presencia de un abogado, ya que de ello dependerá la agilidad de los trámites o la realización efectiva de todos y cada uno de los pasos necesarios. También se deberán tener en cuenta otros aspectos como el tiempo que haya transcurrido desde el delito y cómo sea la gravedad del mismo, pudiendo ir el plazo necesario desde los seis meses hasta un periodo mucho mayor para los delitos más graves de unos diez años mínimos.

Eso sí, para establecer la cuantía de los plazos de cancelación hay que tener en cuenta la última Reforma del Código Penal (en vigor desde el 1 de julio de 2015), a través de la cual los plazos para determinados tipos de delitos se vieron aumentados. En cualquier caso, el tipo de delito deberá inscribirse en una de las tres escalas existentes para la graduación de las penas, que son: penas leves, penas graves y penas menos graves, y siempre y cuando se trate de un único delito. En el caso de que en los antecedentes se solapen varios tipos de delitos, como ocurre con frecuencia en los delitos relacionados con la conducción, se establecen varios tipos de penas y varían los periodos de cancelación necesarios.

Pero el tiempo que haya transcurrido no es el único requisito necesario para poder solicitar una cancelación, ya que de no tener un currículum completamente limpio desde la conclusión de la pena, no podrá tampoco realizarse la solicitud.