Reclamación de deuda. Juicio Monitorio y Juicio Cambiario

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Reclamación de deuda

Antes de iniciar un proceso de reclamación de deuda es importante informarse acerca de cuáles son los pasos que han de darse para que nuestra reclamación llegue a buen puerto. Ciertamente, los procesos judiciales que han de iniciarse ante casos como este, referente a la necesidad de reclamar una deuda de manera formal, pueden ser muy complejos para personas que no tengan conocimientos en derecho.

El llamado juicio cambiario y el monitorio, son los principales términos con los cuales tendríamos que familiarizarnos.

Juicio Cambiario

El Juicio Cambiario es el procedimiento, a través del cual, puede llegar a cobrarse el pago de un cheque, pagaré o letra de cambio. Este proceso judicial se incorporó recientemente en la denominada Ley de Enjuiciamiento Civil, en su libro IV, y en los artículos 819 a 827. Para iniciar este procedimiento hay que realizar una demanda en la que se incluya el documento sin cobrar, ya que de lo contrario no logaríamos dar comienzo al proceso litigante. Esta demanda deberíamos presentarla en los Juzgados de Primera Instancia correspondientes a la dirección del demandado. Si nuestro cheque, pagaré o letra de cambio, eran documentos ajustados a la ley, el juzgado podrá brindarnos dos soluciones, que son: la reclamación de la deuda al demandado (que deberá hacerse efectiva en el plazo de 10 días), o el embargo de sus bienes en proporción a la cantidad adeudada. Además, podría pedirse una cantidad de dinero adicional, en concepto de intereses por demora.

Debemos tener en cuenta que este proceso, y ante la respuesta del demandado, podría llegar a alargase bastante en el tiempo ya que, por su parte, podría oponerse a la demanda y reclamación de la deuda (lo que sin duda llevaría al establecimiento de una vista en la que deban reunirse demandado y demandante), o incluso negar la autenticidad de su firma.

Juicio Monitorio

El Monitorio es el proceso judicial encargado de reclamar deudas de dinero líquidas, exigibles, determinadas y vencidas. Es decir, que se trata de deudas dinerarias de cualquier importe y en moneda de curso legal, ya sea nacional o extranjera. Se trata de un proceso judicial sencillo y bastante habitual en el que, dándose las condiciones para su reclamación, deberá adjuntarse documentación en forma de facturas, de certificados, de telegramas y burofax, de documentos firmados o certificaciones de impago, todo con el fin de que pueda certificarse la reclamación de dicha deuda y pueda iniciarse el proceso.

Este proceso se inicia con un juicio en el cual el demandante debe aportar todos los datos necesarios para la reclamación al deudor, especificando su nombre, su dirección, la cuantía de la deuda y la acreditación de la misma. Tras este paso el juzgado requerirá al demandado el pago del importe de la deuda, así como hacerlo efectivo en un plazo de hasta 20 días. Pero, como ocurre con el Juicio Cambiario, el demandado podría oponerse o manifestar ante el juzgado que tiene motivos para no hacer efectiva dicha deuda, con lo que sin duda el proceso se alargaría en el tiempo.

 Cosas importantes a tener en cuenta ante un proceso de reclamación

  • Las empresas y los autónomos que inicien algún proceso judicial de reclamación de deuda podrán hacer efectivo el cobro del IVA de las facturas que no se hayan pagado y siempre y cuando ya se haya iniciado el proceso.
  • Figuras como el abogado o el procurador no son necesarias en el proceso monitorio, siempre y cuando el demandado no inicie un proceso de oposición en el que sí será necesaria la presencia e intervención de ambos profesionales, como así estipula el artículo 818.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  • El proceso monitorio puede realizarse contra varias personas o deudores, pero debe tenerse en cuenta en este tipo de casos, que tan solo se podrá establecer una dirección a la hora de hacer efectiva la demanda e iniciar el proceso judicial. La elección de dicha dirección es solo objeto del demandante.
  • La figura del inquilino, y en caso de acumular impagos en su finca arrendada por parte del arrendatario, también podrá acogerse al proceso de reclamación de su deuda a través del monitorio y al margen de la cuantía a la que ascienda la deuda. En caso de oposición, este tipo de trámite suele terminar resolviéndose ante juicio verbal.

Cómo reclamar un pago educadamente

Mantener una buena actitud es imprescindible a la hora de enfrentar y resolver un problema de impago de deudas, y siempre se recomienda establecer contacto lo más amigable y educadamente posible con el deudor antes de iniciar el proceso judicial, ya que la actitud del demandante podría incluso llegar a ser tenida en cuenta en el proceso judicial, sobre todo en casos de conductas agresivas y amenazantes, en detrimento de éste.

La actitud siempre puede agilizar los trámites consiguiendo el mismo objetivo y ahorrando mucho dinero en el proceso.